España es históricamente uno de los destinos más elegidos por los argentinos que buscan probar suerte en otros países principalmente porque no hay que sortear la barrera idiomática como si ocurre en otros lugares. Tener el pasaporte europeo es requisito para poder trabajar allí y contar con la ciudadanía española te da muchas más ventajas como el acceso a la educación, al libre tránsito y ejercer la profesión.
Los ciudadanos extranjeros pueden quedarse en el país legalmente sin documentación durante 90 días, pero sin la ciudadanía deberán irse pasado ese plazo para no convertirse en inmigrantes ilegales.
Qué se necesita para tramitar la ciudadanía española
- Documentos de identificación personal: pasaporte completo y Número de Identidad de Extranjero (NIE).
- Permiso de residencia actual.
- Certificado de antecedentes penales.
- Certificado de nacimiento.
- Certificado de matrimonio, en caso de que solicites la nacionalidad por matrimonio. Y adjuntar el padrón actual e histórico.
- Certificado del examen cultural español CCSE aprobado.
- Demostración de medios económicos suficientes.
Las cuatro maneras para solicitar la ciudadanía
La nacionalidad española por residencia que se puede adquirir después de residir legalmente en España durante 10 años de manera ininterrumpida a través de la "naturalización". También se puede acceder a la misma luego de 5 años si se trata de una persona refugiada, a los 2 años si se es extranjero procedente de cualquier país latinoamericano, de Andorra, Guinea Ecuatorial, Filipinas o Portugal. En estos casos, no es necesario renunciar a la nacionalidad anterior y original, ya que se puede obtener la doble nacionalidad. Y al año para para los hijos/nietos de españoles nacidos en España.
Quiénes puede acceder a la ciudadanía por residencia: los mayores de 18 años o emancipados, los mayores de 14 años asistido por un representante legal, el representante legal que asiste al menor, la persona con la capacidad modificada judicialmente por sí solo o el representante legal de dicha persona, dependiendo de lo que señale la sentencia de incapacitación.
La nacionalidad por matrimonio a la que pueden acceder quienes residan legalmente en España durante un año estén casados con un ciudadano español gracias al visado como familiar comunitario. El requisito es presentar la solicitud después de 12 meses de convivencia.
La tercera opción es la nacionalidad por opción que permite acceder a quienes no sean españoles de origen. Por la filiación es una de las formas, o sea siendo hijo de español o española que o el nacimiento en España se haya descubierto después de haber cumplido 18 años.
También aquellas personas extranjeras mayores de 18 años que sean adoptadas por español o española que lo pueden hacer dos años a partir de la fecha en la que se hubiese constituido la adopción y aquellas personas cuyo padre o madre hubiera sido español de origen y hubiese nacido en España donde permite que accedan por haber adquirido voluntariamente otra y no la hubiesen recuperado antes de convertirse en padres.
Y están habilitadas aquellas personas que estén o hayan estado sujetas a la patria potestad de un español.
Por último, la nacionalidad por descendencia gracias a que los hijos de padres españoles pueden obtener la ciudadanía de forma rápida y sencilla. Para eso, deben haber nacido antes del 9/1/1985 y el padre o madre, nacido fuera de España, haya obtenido la nacionalidad española antes de que el interesado naciera.
Todos los trámites vinculados a la petición de la ciudadanía española son gratuitos.
En Argentina, España cuenta con cinco Consulados ubicados en Buenos Aires, Bahía Blanca, Córdoba, Mendoza y Rosario para iniciar el trámite. Todos los trámites vinculados a la petición de la ciudadanía española son gratuitos, no debe abonarse ninguna tasa consular.
Hay que mencionar la Ley de Nietos aprobada por el Congreso este año que permitirá otorgarle la nacionalidad española a aquellos nietos de españoles que emigraron, aunque la ley aún no está en vigencia, por lo que todavía no es aplicable.