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Sociedad

Condenaron al cuidador de una comunidad terapéutica por el suicidio de un paciente

Ángel Osca "Pipi" Súñez, ex empleado de seguridad de la Fundación San Camilo, de Pilar, fue sentenciado a tres años de prisión por homicidio culposo. La acusación tiene que ver con el suicidio de uno de sus pacientes, Saulo Rojas. Se trata de la primera condena por una muerte dudosa en una comunidad terapéutica.

Súñez era el encargado de proteger la integridad física de Rojas, que además de su adicción era insulinodependiente. El 14 de julio de 2013, el joven de 23 años fue encerrado en un pequeño cuarto en construcción de 16 metros cuadrados, con un colchón en el piso, y estando deprimido porque lo iban a trasladar a una sede con más restricciones a su libertad. Ahí lo dejaron, sin su insulina y con el cinturón. Con ese elemento se quitó la vida.

Se trata de la primera condena por una muerte dudosa en una comunidad terapéutica.

Más allá de este caso puntual, todos los internos de San Camilo coincidieron en que Súñez era un maltratador. Ahora, el juez Juan Facundo Ocampo, del Juzgado Correccional 4 de San Isidro, lo condenó a tres años de prisión por obrar con "negligencia", ya que al aislarlo no se percató de que tenía a mano "un elemento con el cual podía atentar contra su vida".

Ángel Osca "Pipi" Súñez,

Según se fue sabiendo con el tiempo, San Camilo funcionaba de manera irregular de manera general: alojaba más internos que los que debería y las condiciones edilicias no eran las mejores. En 2017, cuatro años después de la muerte de Saulo, la comunidad fue clausurada. Los principales responsables de la institución, Alejandro Jacinto (director terapéutico) y Martín Iribarne (Director general y dueño), fueron sobreseídos.

El lugar funcionó durante 20 años y quedó claro que algo falló en el sistema, no puede ser que nadie se haya enterado.

Miriam Lucero, madre de Saulo Rojas.

Miriam Lourdes Lucero, madre de Saulo, dijo que "se hizo un poco de justicia", y añadió que está "conforme porque se aceptó lo que se había pedido".

"Después de haber escuchado los testimonios, se dejó claro lo que pasaba ahí adentro", manifestó, y señaló que "el lugar funcionó durante 20 años y quedó claro que algo falló en el sistema, no puede ser que nadie se haya enterado" .

Un compañero de Rojas declaró que esa noche, cuando el joven estaba encerrado en el cuarto, -vele recordar que este tipo de encierros están prohibidos por la Ley de Salud Mental- "su llanto de escuchaba del otro lado de la pared". A Miriam la llamaron y le dijeron que su hijo había tenido un infarto.

Juicio por torturas y muerte de un paciente del Hospital Borda

Al mismo tiempo, hoy comenzó el juicio contra seis ex funcionarios del Hospital Borda por la "tortura seguida de muerte" de Matías Carbonell, un joven de 23 años que estaba internado allí y murió el 12 de noviembre de 2010 en el Hospital Penna, tras ser trasladado de urgencia totalmente descompensado, "inconsciente y en estado crítico".

En esa ocasión, el joven presentaba múltiples lesiones y signos de haber sido electrocutado, también tenía quemaduras, golpes en el tórax y en uno de sus brazos. Mientras que ninguno de los funcionarios del Borda consideró hacer la denuncia, sí la hicieron desde el hospital.

Se trata del "primer caso de torturas dentro de un hospital ocurrido en democracia que llega a juicio en la Argentina", remarcó el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).

El debate oral está a cargo del Tribunal Oral 14 de la Ciudad de Buenos Aires y tiene en el banquillo de los acusados al psicólogo Roberto Luis Capiello; los psiquiatras Fabián Gustavo Pintow y Silvia Beatriz Scheweitzer; y los enfermeros Hugo Alfredo Dospital, Ismael Ricardo Portillo y Jorge Héctor Mastricola. 

Es el primer caso de torturas dentro de un hospital ocurrido en democracia que llega a juicio en la Argentina.

CELS

Todos ellos están imputados por "tortura, abandono de persona seguido de muerte, ocultamiento de medios de prueba y omisión de denunciar hechos de tortura". Desde la organización remarcaron la importancia de que se lleve a caso este juicio para "visibilizar la realidad que se vive dentro de los hospitales neuropsiquiátricos y que se mantienen en muchas jurisdicciones del país, como la Ciudad de Buenos Aires, en un claro desapego a la Ley Nacional de Salud Mental a 12 años de su sanción".

Además señalaron que se verificó que a Matías le suministraron medicación que no se relacionaba con su cuadro o que lo hicieron con dosis excesiva, "la finalidad no era el tratamiento de la víctima sino el control social", aseguró el abogado representante de la familia de la víctima e integrante del CELS, Tomás Griffa. 

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