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Economía

Ley de Alivio Fiscal: cuáles son las nuevas escalas del monotributo

El Congreso sancionó el Alivio Fiscal para monotributistas y autónomos y rige a partir de hoy. El gobierno busca sostener el poder adquisitivo de los 4,5 millones de trabajadores en esa categoría del país.

La iniciativa del presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, entra hoy en vigencia. Ahora, los monotribustas no tendrán que "saltar" hacia una mayor escala porque se elevaron los topes de facturación. De este modo, se beneficiarán 4,5 millones de personas que cobran su sueldo a través del Monotributo.

Con la ley de Alivio Fiscal, el gobierno de Alberto Fernández y el Congreso buscan beneficiar sostener el poder adquisitivo de los 4,5 millones de trabajadores monotributistas del país.

Ayer mismo, el Senado de la Nación convirtió en ley las modificaciones en la normativa que regula el Monotributo luego de una larga sesión.

De este modo, a partir de hoy, se aumentarán los topes de facturación en un 60% para las categorías A, B, C y D; También habrá un aumento del 29,12% en los techos de facturación para las categorías E, F, G, H e I.

La ley de Alivio Fiscal es una iniciativa del presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa

No habrá aumento en las cuotas mensuales a pagar en lo que resta de 2022. Además, se eximirá del pago solo del componente impositivo a las Categorías A ($288 por mes) y B ($555).

Esto se aplicará a los monotributistas "puros", es decir, quienes no tienen otros ingresos (ya sea por jubilaciones, relación de dependencia, rentas financieras o alquiler de inmuebles). Se trata de unos 2,1 millones de monotributistas, el 47% del total.

Cómo quedan las escalas a partir de julio

Los límites de facturación para cada categoría del monotributo desde julio serán la siguiente:

  • Categoría A: $748.382,07;
  • Categoría B: $1.112.459,83;
  • Categoría C: $1.557.443,75;
  • Categoría D: $1.934.273,04;
  • Categoría E: $2.277.684,56;
  • Categoría F: $2.847.105,70;
  • Categoría G: $3.416.526,83;
  • Categoría H: $4.229.985,60;
  • Categoría I: $4.734.330,03;
  • Categoría J: $5.425.770,00;
  • Categoría K: $6.019.594,89.

Cuánto habrá que pagar de cuota mensual desde julio

El aumento de los topes de facturación no abarcan a la cuota mensual que los pequeños contribuyentes deberán pagar por el impuesto integrado y los aportes previsionales y a la obra social.

Así, desde julio, deben abonar los siguientes montos en total:

  • Categoría A$3334,24, tanto los que venden bienes y como los que ofrecen servicios.
  • Categoría B$3728,29 para todos los pequeños contribuyentes de esta escala.
  • Categoría C$4262,11 para servicios y $4190,06 venta de productos.
  • Categoría D$5025,96 para servicios y $4907,34 los que venden productos.
  • Categoría E$6601,71 (servicios) y $5936,55 para la venta de cosas muebles
  • Categoría F$7902,06 y para los que venden productos, $6825,92.
  • Categoría G$9216,76 para servicios y $7772,01 para los productos.
  • Categoría H: para servicios (la última escala permitida) $16114,67. Mientras, los que venden bienes, $13.445,60.
  • Categoría I: La cuota mensual será de $19.328,05.
  • Categoría J: Será de $22.197,62 por mes.
  • Categoría K: La cuota mensual queda en $25.090,13 para 2022.