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Sociedad

La Corte de Mendoza habilitó a Uber y Cabify

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza rechazó un pedido de inconstitucionalidad que había sido planteado por la Asociación de Propietarios de Taxis (Aprotam) en 2018 contra una ley que reguló el servicio de Transporte Público. De esta manera, habilitaron la actividad de las empresas Uber y Cabify en la provincia.

La Sala II del máximo tribunal mendocino resolvió por unanimidad rechazar la presentación realizada por la Aprotam contra la normativa provincial 9086 que habilitó la actividad de las empresas de remís a través de plataformas electrónicas.

La Corte Suprema de Mendoza ratificó que Uber y Cabify pueden operar legalmente y rechazó un planteo que la Asociación de Propietarios de Taxis hizo en 2018.

Sin embargo, la normativa también habilita "la continuidad del servicio de taxis y remis con algunas razonables modificaciones", y "ha previsto la posibilidad de que éstos utilicen también tales plataformas, lo que ya ha sido puesto a prueba", indicaron en el fallo.

El juez Mario Adaro sostuvo que "se trata de una prueba que se ha intentado en la Provincia, mediante este sandbox legal, y que puede variar y mejorar según la experiencia de usuarios y consumidores, pero que, según el análisis efectuado, no es irrazonable, arbitraria ni altera la esencia de los derechos que la actora señala afectados en su demanda, por lo tanto, corresponde rechazar la acción intentada".

Los propietarios de taxis nucleados en Aprotam habían hecho el planteo fundamentando que la normativa afecta las garantías de ejercer toda industria lícita en condiciones dignas y equitativas de labor con igual remuneración por igual tarea y estabilidad en el empleo y una retribución justa, y que se trata de una legislación provincial arbitraria y por ende inconstitucional.