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Política

Liberaron a tres detenidos y confirmaron el procesamiento de los seis implicados

La Justicia validó el delito de daños agravados, rechazó la figura de intimidación pública y también refutó la asociación ilícita.
ataque al congreso

Se trata de Oscar Santillán, Jaru Rodríguez Carrero y Julián Lazarte quienes estuvieron presos por orden de la Justicia porteña después de los incidentes en el Congreso del día en el que se trataba el acuerdo con el Fondo en la Cámara de Diputados.

Mientras tanto, los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah decidieron confirmar los procesamientos de José Castillo, Gonzalo Fonteina y Jonatan Pacheco en la causa de la que es querellante Cristina de Kirchner. Sin embargo, le bajaron la calificación al delito que se les imputaba y ya no se tramitará como una intimidación pública sino sólo por la figura de daño agravado por ser bienes del Estado, haciendo caso a la defensa l implicados en la causa que tramita la jueza María Eugenia Capuchetti.

Despacho de Cristina Kirchner

En cuanto a la confirmación de los procesamientos de tres de los acusados, los jueces destacaron que el 10 de marzo “las evidencias muestran que aproximadamente a las 15, un grupo de personas, algunas con sus rostros cubiertos, se desprendió de otras que estaban manifestándose y empezó a arrojar -a mano o con ‘gomeras’- piedras, cascotes y bombas de pintura al Parlamento y al personal policial”.

Le bajaron la calificación al delito que se les imputaba: ya no se tramitará como una intimidación pública sino sólo por la figura de daño agravado por ser bienes del Estado.

El fallo también confirmó los embargos de 6.2 millones de pesos para cada uno de los seis procesados. Si bien la justicia porteña habían acusado a los manifestantes de formar parte de una asociación ilícita, la Federal desestimó esa figura.

Además, en otra resolución, el mismo tribunal rechazó una queja de la defensa por la decisión de aceptar al Senado como querellante en el caso, tomada por Capuchetti. ”La defensa no ha expresado cuál es su crítica concreta o su juicio de censura sobre los aspectos centrales” de la decisión de la jueza, dijeron los camaristas.

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