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Sociedad

Cuándo deberá volver a la presencialidad plena la administración pública

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El Gobierno nacional estableció la fecha límite para disponer la vuelta a la presencialidad de los trabajadores de la administración pública, luego de las medidas impuestas por la pandemia.

A través de la Resolución 58/2022, la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete estableció que, para el 1 de mayo próximo, los empleados públicos tendrán que volver “a la modalidad de prestación de servicios que era habitual en forma previa a la vigencia del Decreto Nº 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios”.

Sin embargo, remarcaron que permanecen “exceptuadas” aquellas personas que acrediten pertenecer a grupos de riesgos establecidos por el Ministerio de Salud en marzo del 2020.

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De todos modos, la Secretaría de Trabajo instó que se sostengan las recomendaciones de cuidado generales para la prevención de Covid-19 y otras enfermedades respiratorias agudas.

“Aquellos trabajadores que tengan diagnóstico de Covid-19 que no hayan requerido internación podrán reincorporarse a sus lugares de trabajo sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta según los criterios establecidos por el Ministerio de Salud”, agregaron.

A su vez, las oficinas de Recursos Humanos tendrán que exigir el Certificado de Vacunación de los trabajadores que se hayan vacunado. Quienes decidieron no hacerlo, “recibirán asesoramiento del Departamento de Sanidad, o su equivalente”.

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De continuar con la decisión de no vacunarse, deberán cumplir con sus prestaciones en la modalidad de servicios que era habitual en forma previa a la vigencia del Decreto Nº 260/20 y sus modificatorios, y firmar un consentimiento informado, con carácter de Declaración Jurada, expresando que han recibido y comprendido la información vinculada a la vacunación, que asumen toda responsabilidad derivada de la conducta que adopten, y que se comprometen a tomar los recaudos necesarios para evitar los perjuicios que su decisión pudiere ocasionar al normal desempeño del equipo de trabajo que integran”, advirtieron.

Finalmente, aquellos trabajadores que no cumplan con la modalidad, “serán pasibles de las sanciones que correspondan de conformidad con el régimen disciplinario aplicable”.

Fuente: Télam

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