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Sociedad

Es oficial la Ley de Etiquetado Frontal: qué cambios habrá

ley de etiquetado

Mediante una publicación el Boletín Oficial, el gobierno oficializó la reglamentación de la Ley de Etiquetado frontal que tiene como objetivo advertir a los consumidores sobre los excesos de grasas, sodio y azúcares en los productos.

Se trata de la Ley 27.642 de promoción de Alimentación Saludable que fue aprobada el 26 de octubre del año pasado por la Cámara de Diputados. La reglamentación de la Ley de Etiquetado Frontal fue aprobada mediante el decreto 151/2022 firmado por el  presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Juan Manzur, y los ministros Carla Vizzotti (Salud) y Julián Domínguez (Agricultura, Ganadería y Pesca).

Para advertir a lo consumidores sobre los componentes de los alimentos, se diseñaron etiquetas negras de formato octogonal ( el sello no será nunca inferior al 5% de la superficie de la cara principal del envase) que avisarán según el caso, cuando haya "exceso en azúcares", "exceso en sodio", "exceso en grasas saturadas", "exceso en grasas totales", y/o "exceso en calorías". También anunciarán la presencia de edulcorantes o cafeína, entre otras advertencias, según valores propuestos por la Organización Panamericana de la Salud (OPS).

La Ley tiene el fin de ayudar a combatir la obesidad, la hipertensión y los riesgos cardíacos. Prevenir la malnutrición en la población y reducir las enfermedades crónicas no transmisibles.

La implementación del etiquetado en los envases y paquetes de los alimentos y bebidas tienen el fin de ayudar a combatir la obesidad, la hipertensión y los riesgos cardíacos , así como prevenir la malnutrición en la población y reducir las enfermedades crónicas no transmisibles.

Otro de los puntos en los que hace hincapié la ley, es el que este tipo de productos no pueden tener publicidad comercial dirigida a niños, niñas y adolescentes, ni ser vendidos en entornos escolares.

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Las modificaciones: advertencias y prohibiciones

Ley de etiquetado

  • Alimentos y bebidas analcohólicas (bebida no alcohólica gasificada o que contenga en su composición cafeína y taurina), envasados y comercializados en la Argentina: deben colocar leyendas como "Exceso en azúcares", "Exceso en sodio", "Exceso en grasas saturadas", "Exceso en grasas totales", y/o "Exceso en calorías".
  • Alimentos que contienen edulcorantes: El envase debe contener una leyenda precautoria: "Contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as".
  • Alimentos que contengan cafeína: la etiqueta dirá "Contiene cafeína. Evitar en niños/as".
  • Los valores máximos de azúcares, grasas saturadas, grasas totales y sodio establecidos deben cumplir los límites del Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud (OPS).
  • Se prohíbe que los alimentos y bebidas analcohólicas que contengan algún sello de advertencia incorporen en sus envases información nutricional complementaria: logos o frases con el patrocinio o avales de sociedades científicas o asociaciones civiles, personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas, etcétera.
  • Se prohíbe resaltar declaraciones nutricionales complementarias que destaquen cualidades positivas y/o nutritivas de los productos.
  • Se prohíbe incluir personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas, elementos interactivos, la entrega o promesa de entrega de obsequios, premios, regalos, accesorios, adhesivos, juegos, descargas digitales, o cualquier otro elemento, como así también la participación o promesa de participación en concursos, juegos, eventos deportivos, musicales, teatrales o culturales.
  • El Consejo Federal de Educación deberá promover la inclusión de actividades didácticas y de políticas que establezcan los contenidos mínimos de educación alimentaria nutricional en los establecimientos educativos de nivel inicial, primario y secundario del país.
  • Los alimentos y bebidas analcohólicas que contengan al menos un sello de advertencia no pueden ser ofrecidos, comercializados, publicitados, promocionados o patrocinados en los establecimientos educativos del Sistema Educativo Nacional.

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