Jueves, 28 de Marzo de 2024 Cielo claro 23.7 °C cielo claro
 
Lunes, 11 de Octubre de 2021 Cielo claro 23.7 °C cielo claro
 
Dólar BNA: $902
Dólar Blue: $1010
Sociedad

Fallo judicial: la policía no puede detener a consumidores de cannabis en Mar del Plata

Un fallo de la Sala 1 de Casación de la Provincia de Buenos Aires restringió las posibilidades de la policía para realizar detenciones por tenencia de estupefacientes. El fallo dio lugar a un habeas corpus colectivo que presentó Gabriel Díaz, el presidente de la Asociación Marplatense de Cannabicultores.

El habeas corpus buscaba terminar con las detenciones por tenencia para consumo personal que realizaba la Policía Bonaerense en la ciudad costera.

Primero, la presentación de Díaz fue admitida por el juez Juan Tapia. Luego, la Cámara de Apelaciones marplatense revocó el fallo y, ahora, el juzgado de Casación dio lugar al habeas corpus colectivo. Por lo tanto, ordenó a las diversas fuerzas que actúan en Mar del Plata no llevar a cabo detenciones cuando la cantidad requisada de estupefacientes sea "inequívocamente para exclusivo consumo personal". 

Según los datos oficiales del Ministerio Público Fiscal de la Provincia, entre 2015 y 2018, entre un cuarto y un tercio de las causas iniciadas por delitos de droga refiere a casos de tenencia para consumo. 

Ricardo Maidana, uno de los jueces del tribunal de Casación, argumentó: "Las detenciones a consumidores de drogas representan el centro de la estrategia contra el narcotráfico". Explicó: "Según los datos oficiales del Ministerio Público Fiscal de la Provincia, entre 2015 y 2018, entre un cuarto y un tercio de las causas iniciadas por delitos de droga refiere a casos de tenencia para consumo". "En el 2019 el 39,43% de las causas iniciadas en la provincia fueron por tenencia para consumo y en el 2020, con circulación restringida, el porcentaje es del 24,6%", planteó el magistrado.

Su argumentación siguió: "En 109 procedimientos de la policía distrital, se incautaron 0,4kg de marihuana y 0,017 de cocaína". Esto significa que, en promedio, se encontraron "3,66 gramos de marihuana y 0,15 gramos de cocaína por procedimiento". Además, el fallo recuerda que en el 2015 la Fiscalía de Estupefacientes sacó un instructivo ordenando que el procedimiento policial por tenencia se realice en el lugar, y no se traslade a la persona a la comisaría.