El miércoles 22 de diciembre la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires llevó a cabo un sorteo para establecer el padrón desde el que se convocará a los juicios por jurados del 2022. Los jurados se seleccionarán de todos los porteños con un DNI que termine en 605. El sorteo se realizó a partir de un convenio entre el presidente del Consejo de la Magistratura porteño, Alberto Maques, y el de la Lotería de la Ciudad, Martín García Santillán.
Ahora, el Consejo de la Magistratura deberá mandar las notificaciones a los jurados seleccionados, además de confirmar que cumplen con los requisitos para asumir esa tarea. Para ser jurado, es necesario ser argentino, con dos años de ciudadanía para los naturalizados, y tener entre 18 y 75 años. Además, los jurados deben saber leer, escribir, hablar y entender el español, gozar del pleno ejercicio de los derechos políticos, tener domicilio conocido y una residencia inmediata no inferior a cuatro años de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Los jurados deben saber leer, escribir, hablar y entender el español, gozar del pleno ejercicio de los derechos políticos, tener domicilio conocido y una residencia inmediata no inferior a cuatro años de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
De entre las personas con documentos que terminen en 605, no podrán ser jurados "quienes no tengan aptitud física o psíquica suficiente o presenten una disminución sensorial que les impida el desempeño de la función". Tampoco serán seleccionables "los abogados, escribanos y procuradores matriculados, y los profesores universitarios de disciplinas jurídicas o de medicina legal". Además, no podrán ser elegidos "los incluidos en el registro de Deudores Alimentarios Morosos, los integrantes de las Fuerzas Armadas y de Seguridad en actividad; los ministros de un culto reconocido y los que hayan servido como Jurado durante los tres años inmediatamente anteriores a la designación".
Los jurados deben saber leer, escribir, hablar y entender el español, gozar del pleno ejercicio de los derechos políticos, tener domicilio conocido y una residencia inmediata no inferior a cuatro años de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
También estarán exceptuadas las personas que estén enfrentando causas penales, las personas con penas privativas de libertad hasta 10 años después de agotada la condena, las personas condenadas por delitos que requieran ser funcionario público para su realización, y los delitos previstos en los artículos 245 y 275 del Código Penal de la Nación.
Los juicios por jurados se usarán únicamente para delitos graves, que tengan una pena máxima de 20 años o más. El jurado tendrán 14 personas, 12 titulares y 2 suplentes. Estarán integrados por igual cantidad de hombres y mujeres.