La Cámara Contencioso Administrativo Federal le hizo un guiño, el pasado viernes 17 de diciembre, a Telefónica. ¿Sobre qué? Una resolución favorable sobre la medida cautelar presentada en la que solicitó la suspensión del decreto 690. En el mismo se declaró "servicio público a la prestación de servicios de telefonía, internet y televisión paga por cable y satélite".
Además de declarar a los servicios como públicos, el decreto de Alberto Fernández, de agosto de 2020, congeló las tarifas y precios. Esto generó una inmediata reacción del sector que derivó también el pedido de medidas cautelares que también antes consiguieron Telecom (de Grupo Clarín), DirecTV y Telecentro. Esas cautelares generaron un ida y vuelta constante a lo largo del año entre las compañías, que fueron aumentando las tarifas de los servicios, y el Enacom, Ente Nacional de Comunicaciones y la autoridad de aplicación del decreto, quien tiene a cargo autorizar las subas de precios, según lo que dispuso el Presidente.
“Estamos convencidos que todo el ecosistema necesita reglas claras que den previsibilidad y permitan la sostenibilidad de la industria; motor estratégico para el crecimiento del país y desarrollo de la sociedad”, manifestaron desde la empresa de telecomunicaciones española.
El fallo de cámara, que firmaron los jueces Liliana María Heiland, Rodolfo Eduardo Facio y Clara María do Pico (en disidencia), decidió “admitir los agravios ofrecidos por la parte actora, revocar el pronunciamiento apelado, hacer lugar —previa prestación, en primera instancia, de la caución n real aquí fijada— a la medida cautelar solicitada y, en consecuencia, disponer la suspensión de los efectos de los artículos 1º, 2º, 3º, 5º, y 6º del decreto de necesidad y urgencia 690/2020″ por el plazo de seis meses o hasta el dictado de la sentencia definitiva.
¿Qué dicen desde Enacom?
Desde el Enacom adelantaron que apelarán el fallo ante del Corte Suprema. “Vamos a ir por la cuestión de fondo, que es la constitucionalidad del decreto 690. No se puede vivir a cautelares. El ente va a apelar toda las medidas de este tipo que surjan”, aseguraron desde el organismo.
En la industria de las telecomunicaciones, en tanto, aseguran que el fallo de cámara muestra que el decreto 690 no es necesario para alcanzar el propósito de garantizar para la totalidad de los habitantes la totalidad del acceso a la conectividad, uno de los argumentos centrales del Gobierno para tomar la decisión.
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Además destacaron que la cámara pone en evidencia que el decreto no fue una decisión de tipo coyuntural destinada a palear una supuesta situación excepcional en el sector. O sea, creen que no fue el Covid el que motivó la medida sino, directamente, el objetivo de regular a la industria.