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Sociedad

Polémica decisión de la Justicia: declaró inconstitucional que empresas tengan “paridad de género”

La Justicia dio lugar al amparo firmado por el candidato a legislador Yamil Santoro y declaró la inconstitucionalidad de las normas de la Inspección General de Justicia ( IGJ) que obligaban a las empresas y fundaciones a tener “paridad de género” en sus directorios.

En agosto de 2020 la Fundación Apolo, liderada por José Magioncalda, presentó un amparo junto con el candidato del candidato de Unión republicana Yamil Santoro contra la Inspección General de Justicia (IGJ) por la decisión de imponer la obligatoriedad de la paridad de género en los órganos de administración de fundaciones, asociaciones civiles y sociedades comerciales.

Hoy  la Justicia determinó la inconstitucionalidad de los artículos 1, 2, 3, 4, 6, 8 y 9 de la Resolución IGJ 34/2020, y del artículo 1 de la Resolución IGJ 35/2020.

El amparo cuestionaba  la normativa de la IGJ, expresando que vulneraba derechos y garantías elementales de raigambre constitucional y convencional, como es el "derecho de asociarse con fines útiles" y el "derecho de propiedad",  pues restringía la potestad de los asociados de designar administradores en función de los fines sociales perseguidos, es decir, el derecho a designar a quienes considerasen más adecuados para su administración según su capacidad y profesionalidad.

El amparo cuestionaba  la normativa de la IGJ, expresando que vulneraba el derecho a designar a quienes considerasen más adecuados para su administración según su capacidad y profesionalidad.

En su cuenta de Twitter, el candidato Yamil Santoro - quien también estuvo al frente de la denuncia por las "visitas a Olivos"-  compartió la información y al respecto dijo: "esto ayuda a que haya más empresas, más empleo, menores costos, más racionalidad y una mejor calidad de vida para los argentinos".

 

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