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Economía

Oficializaron los cambios en el Impuesto a las Ganancias

bienes personales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó la ley 27.617 y se elevó el mínimo del pago del impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría a un mínimo de 150 mil pesos.

En la resolución general 5008/2021, publicada hoy en el Boletín Oficial, se señaló que 1,2 millones de trabajadores en relación de dependencia cobrarán a partir de julio un monto equivalente a la devolución retroactiva de lo descontado desde enero por el pago del impuesto.

Además, las modificaciones en Ganancias alcanzan al aguinaldo que cobran trabajadores con un salario bruto de 150 mil pesos. La reglamentación de AFIP implementó modificaciones en relación con la eliminación del tope de edad para la deducción de Ganancias correspondiente a los hijos y las hijas con discapacidad.

Asimismo, añadió la deducción por pareja conviviente y eximió al personal de salud de pagar el impuesto por horas extras o guardias hasta setiembre próximo.

Para las jubilaciones, no tributarán el impuesto quienes ganen por hasta ocho haberes mínimos, aunque tengan ingresos extras hasta los 164 mil pesos anuales. Además, se mantiene el beneficio del “22% adicional” en la región patagónica, pero con una carga tributaria menor que el resto de los contribuyentes.

También, en lo determinado por AFIP se excluyó del pago de Ganancias al reintegro de gastos de guardería para los hijos de hasta tres años, con un monto de hasta 67 mil pesos anuales.

Finalmente, se elevó el límite de ingresos y rentas para los contribuyentes que deben presentar la declaración jurada informativa para Ganancias y Bienes Personales a 2,5 millones pesos.