El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 29 negó el sobreseimiento de Pity Álvarez, en el marco de la causa que se le sigue por homicidio. La resolución responde al pedido de la defensa de que se libere de cargos al cantante, luego de la evaluación psicológica y psiquiátrica que le realizaron.
El Cuerpo Médico Forense (CMF), estableció que las facultades mentales de Álvarez “no encuadran dentro de los parámetros considerados como normales”
En las semanas previas el abogado de Pity, Javier Marino, había expresado que su cliente no comprende la criminalidad de sus actos y que no hay certeza de que su cuadro mental sea reversible. El mes pasado, un informe realizado por el Cuerpo Médico Forense (CMF), estableció que las facultades mentales de Álvarez “no encuadran dentro de los parámetros considerados como normales” y que tiene “una afección compatible con síndrome depresivo, antecedentes de uso de sustancias (dependencia), trastorno cognoscitivo no especificado y antecedente de trastorno psicótico no especificado”.
En las últimas horas, los integrantes del Tribunal Oral rechazaron el pedido de sobreseimiento, aunque consideraron que el músico no se halla en condiciones psíquicas aptas para afrontar un juicio oral. Por el momento, pidieron informes trimestrales referidos a su salud y evolución.
El exIntoxicados continuará su internación en el pabellón psiquiátrico de Ezeiza Prisma. La justicia civil deberá establecer en el coro plazo "el tratamiento y el lugar apropiado para su internación, fuera de la órbita del Servicio Penitenciario Federal, de acuerdo a las patologías que presenta".
Pity Álvarez se encuentra detenido desde 2018, acusado del asesinato de Cristian Díaz ocurrido en el barrio de Lugano, Ciudad de Buenos Aires.