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Sociedad

Clases presenciales: ordenaron a la Ciudad no computar las faltas a los alumnos que no asistan a las aulas

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En medio del dilatado conflicto por las clases presenciales, el juez Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo porteño, Guillermo Scheible, ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires "abstenerse de computar las faltas de los alumnos cuyos padres resolvieran la no concurrencia de sus hijos a las escuelas hasta que no quede saldado el conflicto judicial".

Scheibler hizo lugar parcialmente a un amparo colectivo presentado por familiares de estudiantes que decidieron no llevar a sus hijos a la escuela por el impacto de la segunda ola de coronavirus. Así, el Gobierno también tendrá que adoptar "las medidas necesarias a fin de garantizar la escolaridad virtual del colectivo involucrado".

El argumento que sostiene este fallo planta que los padres o representantes legales de los alumnos deben poder elegir el modo de educación para sus hijos, hasta tanto se declare el fin del Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio, o hasta que exista certeza sobre el control de la pandemia.

El Gobierno también tendrá que adoptar "las medidas necesarias a fin de garantizar la escolaridad virtual del colectivo involucrado".

Además, exhortó al cumplimiento de la orden judicial "bajo apercibimiento de aplicar sanciones conminatorias en la persona de la Ministra de Educación del Gobierno de la Ciudad, Soledad Acuña, en su carácter de responsable de máximo nivel de conducción, por el monto de $50.000 por cada día de retardo".

El fallo solicitó adoptar estas medidas hasta que la Corte Suprema de Justicia de la Nación resuelva la cuestión planteada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires respecto a las clases presenciales en las aulas.

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